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Policiales Miércoles 10 de Julio de 2024

3 años de prisión en suspenso para Barberis por el crimen del estudiante universitario

Por el homicidio de Emiliano Ávila, el estudiante de ingeniería, dictaron la pena de 3 años de prisión en suspenso para Barberis. Consideraron atenuante la falta de antecedentes del condenado y el pedido de disculpas a la familia.

Luego que el pasado 2 de julio se desarrollara la audiencia de cesura o imposición de pena en el caso, posteriormente a que el tribunal popular condenara por unanimidad a Jorge Alberto Barberis como autor del “homicidio culposo” de Emiliano Ávila, la mañana del presente miércoles el juez técnico dio a conocer su veredicto de pena. Imponiéndole a Barberis, luego de considerar circunstancias agravantes y atenuantes, la pena de tres años de prisión en suspenso.

La audiencia fue presidida por el juez técnico Miguel Caviglia; el Ministerio Público Fiscal fue representado por Martín Cárcamo, fiscal general; en tanto que la defensa de Barberis fue ejercida por Vanesa Vera, defensora pública.

Antes de analizar agravantes y atenuantes, el juez técnico resolvió sobre la calificación postulada por el fiscal, respecto de la agravante genérica del uso de arma de fuego, la inclusión de la agravante no es de aplicación en los delitos culposos.

La escala penal en abstracto por el delito de homicidio culposo por el cual Barberis fue declarado culpable es de 6 meses a 5 años de prisión. Considerando la naturaleza de la acción como agravante, como también la nocturnidad en la que fuera cometido el hecho. De igual forma consideró como circunstancia agravante los dos disparos que efectuó con un arma de fuego, no registrada ni con autorización para portar, asimismo el medio empleado para ejecutar la acción.

En cuanto al daño causado, la muerte de Ávila, ya está incluido dentro del Código Penal, considerarlo como agravante sería doble valoración, al igual que el peligro causado, es decir el carácter riesgoso de realizar dos disparos en la vía pública. Respecto del bien jurídico vida forma parte del tipo penal escogido, continuó el juez, es decir no se puede considerar como agravante porque sería doble valoración, argumentó el juez.

Como circunstancias atenuantes consideró la falta de antecedentes penales de Barberis, el arrepentimiento y pedido de disculpas que hizo a la familia de la víctima en el debate, deben tenerse presentes.

Imponiéndole finalmente la pena de tres años de prisión en suspenso a Barberis y disponiendo su libertad, con presentaciones periódicas ante la autoridad judicial.

 

El homicidio de Emiliano Ávila

El 10 de febrero de 2023, siendo aproximadamente las 23 horas, Jorge Alberto Barberis, alertado por la presencia de un sujeto masculino aún no identificado en el interior del patio interno de su vivienda, sita en Alvear al 300, del Bº La Loma de esta ciudad, tomó un arma de fuego tipo carabina calibre .22 LR, se dirigió al techo de su vivienda y desde allí disparo 2 veces, con claras intenciones de darle muerte a la persona que transitaba por las inmediaciones pero desafortunadamente, Emiliano David Ávila, ocasionalmente se encontraba caminando por calle Alvear traspasando la calle Maipú en dirección a calle Dorrego. Uno de los disparos efectuados por Barberis impacto en la espalda de Ávila, a la altura del pecho, más precisamente a la altura de la tetilla izquierda con orificio de entrada y de salida, ocasionándole la muerte por shock hipovolémico producido por herida de arma de fuego en tórax, cayendo ya sin vida sobre la vereda de la vivienda sita en calle Alvear Nº487 de esta ciudad.

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