Policiales

Rechazaron el estímulo educativo para Mano, imputado por el homicidio del trapito Garrido

El defensor solicitó “se revoque la denegatoria” del estímulo educativo del juez de ejecución Jorge Odorisio y “que actúe otro Magistrado”; en tanto que la representante de fiscalía pidió se ratifique dicha decisión y no se haga lugar a la revocatoria solicitada por el defensor ya que “no están dadas las condiciones para acceder al estímulo educativo”.

Finalmente, el tribunal de revisión pasó a deliberar y resolvió rechazar la revisión de la defensa y asimismo confirmar la denegatoria del estímulo educativo a Gabriel David Mano.

El tribunal de revisión estuvo compuesto por los jueces penales Raquel Tassello, Mariano Nicosia y Carlos Tedesco; el Ministerio Público Fiscal fue representado por Gabriela Gómez, Procuradora de fiscalía; en tanto que la defensa de Mano fue ejercida por Guillermo Iglesias, abogado particular del mismo.

En un primer momento el defensor sostuvo el recurso en contra de la decisión del juez de ejecución subrogante, Odorisio, de rechazar el estímulo educativo de su asistido ya que la institución “San Agustín”, no estaba registrada como educación técnica Nacional. Pero “la obligación de inscripción en dicho registro no está en cabeza del imputado o estudiante, sino en la Institución”, es decir que existe un “error de validez”. Calificando el defensor la decisión del juez como “arbitraria por no agotar todas las fuentes de información” por lo cual solicitó “se revoque y se designe otro Magistrado para que resuelva”.

En contraposición la procuradora de fiscalía solicitó se rechace la petición de la defensa, ya que el juez Odorisio dio acabadas y fundadas razones para su resolución. Además, el Sr. Mano no realizó los cursos en contexto de encierro, sino en arresto domiciliario. Según un informe del 16 de julio de 2024, de la Subsecretaría de Instituciones Educativas, del Ministerio de Educación, no existe antecedente alguno sobre el “Centro Educativo San Agustín”, tampoco existe en el Registro de Instituciones Educativas privadas de la provincia, continuó la representante de fiscalía. El juez Odorisio verificó sobre la autorización a realizar esos cursos y se informaron una pluralidad de cursos en escaso tiempo por lo cual carecen de validez. Requiriendo por todo esto se ratifique la decisión del juez Odorisio, de rechazar el estímulo educativo, ya que no estaban dadas las condiciones para acceder a ello.

Finalmente, el tribunal de revisión pasó a deliberar y resolvió rechazar la revocatoria de la defensa y asimismo confirmar la denegatoria del estímulo educativo a Gabriel David Mano.

 

El homicidio del “trapito” Jonathan Garrido

El hecho por el cual Mano cumple condena de 8 años de prisión es el acontecido el pasado 19 de septiembre del año 2021, cuando siendo aproximadamente las 20.08 hs., se encontraban en el interior del domicilio, usando el lugar para pernoctar que no era de su propiedad, la víctima Jonathan Garrido y varios amigos. Llega al lugar el imputado Gabriel Mano en un rodado, motor-home, intenta, pero no puede entrar a la propiedad, Namuncurá 243, que sería propiedad de Mano. Al no poder entrar vuelve al rodado y alguien le entrega un arma, se escuchan gritos y luego efectúa disparos hacia el interior de la vivienda y uno de ellos impacta en la humanidad de Garrido provocando su muerte por hemorragia causada por herida de arma de fuego.

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